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¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
SIN MASA
Cuando el deudor no tiene bienes ni ingresos suficientes para pagar sus deudas.
CON PLAN DE PAGOS
Cuando el deudor tiene ingresos o bienes, pero no los suficientes para pagar todo, y se acuerda un plan de pagos según su capacidad.
CON LIQUIDACIÓN
Cuando se venden los bienes del deudor para pagar a los acreedores en la medida de lo posible.
Tipos de Procedimientos
Concurso sin masa
Cuando la persona no dispone de ingresos suficientes para pagar sus deudas.
Concurso con plan de pagos
Cuando el deudor puede asumir parte de las deudas con un plan adaptado.
Concurso con liquidación
Cuando se venden activos o recursos para pagar a los acreedores.
Requisitos Principales
¿Qué significa actuar de buena fe?
Debes carecer de bienes o tenerlos con cargas superiores a su valor. Te ayudamos a demostrarlo con la documentación adecuada.
¿Puedo acogerme si sigo trabajando o tengo nómina?
Sí, siempre que no puedas hacer frente a tus deudas con tus ingresos actuales.
¿Qué deudas pueden incluirse?
Préstamos, tarjetas, avales, facturas impagadas y deudas con Hacienda o Seguridad Social (según el caso).
¿Y si ya me he acogido a esta ley antes?
Solo se puede aplicar una vez cada 5 años.
Últimas cancelaciones de deuda:
DÍAS HÁBILES
149
- Lugar: Madrid
- Deuda: 17.224,00
- Declaración del Concurso: 07/07/2025
- Auto de Exoneración: 14/10/2025
- Juzgado de lo Mercantil número 15 de Madrid
DÍAS HÁBILES
149
- Lugar: Madrid
- Deuda: 17.224,00
- Declaración del Concurso: 07/07/2025
- Auto de Exoneración: 14/10/2025
- Juzgado de lo Mercantil número 15 de Madrid
DÍAS HÁBILES
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- Lugar: Madrid
- Deuda: 17.224,00
- Declaración del Concurso: 07/07/2025
- Auto de Exoneración: 14/10/2025
- Juzgado de lo Mercantil número 15 de Madrid
DÍAS HÁBILES
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- Lugar: Madrid
- Deuda: 17.224,00
- Declaración del Concurso: 07/07/2025
- Auto de Exoneración: 14/10/2025
- Juzgado de lo Mercantil número 15 de Madrid
DÍAS HÁBILES
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- Deuda: 17.224,00
- Declaración del Concurso: 07/07/2025
- Auto de Exoneración: 14/10/2025
- Juzgado de lo Mercantil número 15 de Madrid
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- Deuda: 17.224,00
- Declaración del Concurso: 07/07/2025
- Auto de Exoneración: 14/10/2025
- Juzgado de lo Mercantil número 15 de Madrid
Desde 2017, más de 1.500 personas han confiado en nosotros para empezar de nuevo sin deudas.
Matías Maronna2025-10-10Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muchas gracias Javier!!! Solucionó nuestros problemas, con celeridad y una practicidad increíble! Nosotros no hemos movido un dedo! Yeni Estepa Saez2025-10-09Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Grandes profesionales!!! Lo que veíamos imposible; en 5 meses quedó todo solucionado… toda la deuda quitada !!! Javier es muy bueno en lo que hace ; te da una seguridad increíble y un trato maravilloso!!! Solo hay que confiar ! Mil gracias a el especialmente por lo que has conseguido ! Anabelen Higueras2025-10-07Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Lo recomiendo 100% Luis enrique Hurtado Rodríguez2025-09-22Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy profesionales Antonio Manuel Carmona2025-09-04Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Profesionalidad, cercanía y conocimiento del tema pero por encima de todo, CONFIANZA. Samuel Copado mederos2025-09-04Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Bueno decir gracias y mil gracias al equipo libertium y en especial a Javier, por que aún sigo en shock, estoy liberado de todas mis deudas a pesar de que a lo principio era reacio , recomendado 100% ,el que este pasando por un momento de no poder hacer frente a tanto pago y cumpla con los requisitos, os animo a dar el paso y depositar todo en el equipo libertium muchas gracias por todo .... rafael espinosa2025-07-30Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Excelente profesional! recomiendo 100% Evelyn2025-07-29Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. En lo personal estoy muy contenta por el gran trabajo que hace Libertiun,son los mejores en asesorar , muy pendientes y atentos a cualquier duda que se pueda tener, desde que comentas tu caso ellos te hablan honestamente la solución.Yo feliz de los resultados y muy agradecida con vosotros sobre todo a Javi excelente asesor. Muchísimas gracias Deivi Ramirez2025-07-29Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Un excelente servicio y atención mucho profesionalismo. Han solucionado todos mis problemas financieros dejando me libre de deudas financiado su servicio mensualmente sin duda una excelente trabajo de parte de Javier y su empresa libertiun lo recomiendo al 1000
PROCEDIMIENTO
Soluciones rápidas y eficaces para cancelar tus deudas.
En una llamada de 10 minutos valoramos tu caso y confirmamos si cumples los requisitos. Si es viable, te explicamos todo el proceso en persona.
Reunimos la información necesaria y preparamos la demanda. Nos encargamos de todo el trámite legal mientras tú te centras en tu día a día.
El juez declara el concurso y se detienen los embargos. Se notifican los organismos públicos y acreedores para iniciar el proceso oficial.
Según el tipo de procedimiento, se liquida el patrimonio o se aprueba el plan de pagos. Los acreedores pueden presentar alegaciones.
El juez emite el Auto de Exoneración que perdona tus deudas y te permite empezar de nuevo sin cargas.
Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
¿Cumples los requisitos?
Debes vivir legalmente en España para poder acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad.
No puedes afrontar el pago de tus deudas de forma continuada por falta de ingresos.
El total de tus deudas no puede superar los 5 millones de euros.
Debes tener al menos dos deudas con distintas entidades (bancos, Hacienda, Seguridad Social, etc.).
No haberte acogido a la Ley de Segunda Oportunidad en los últimos cinco años.
No tener infracciones graves ni antecedentes penales por delitos económicos en los últimos diez años.